La reglamentación establece la obligatoriedad para los vecinos de contar con estos recipientes, la cual fue regulada para cumplirse en un tiempo no mayor a 120 días.
Entre las condiciones que considera dicha norma, se solicita que no se encuentren a más de medio metro del cordón, y que deben tener una altura de 1.20 mts y tapa hermética en caso de que sea un receptáculo ubicado en el suelo.
Se les sugiere a las personas que habitan en viviendas de propiedad horizontal que previamente consulten sobre las dimensiones que deben poseer en caso de instalar contenedores comunes. Quienes estén en esta situación deberán comunicarse con la dirección de higiene urbana de la comuna al 4830 – 0416 o 0624.
Desde la municipalidad aseguran que esta nueva ordenanza tiende a evitar que los residuos estén desparramados por el suelo o se expongan a los daños provocados por los animales callejeros. Además intentan impedir que los días de lluvia la basura se dirija a las bocas de tormenta y provoque que estas se atasquen.