Registro municipal de grandes generadores de residuos sólidos urbanos
Deberán inscribirse los establecimientos que generen más de 1.000kg de residuos sólidos urbanos (RSU) al mes.
El municipio de Avellaneda informó que, cumpliendo con normas provinciales y municipales, los grandes generadores de residuos sólidos urbanos deberán inscribirse en el Registro municipal, reglamentar la gestión de los residuos y su disposición final.
Se definen Grandes Generadores a los super e hipermercados, los shoppings y galerías comerciales, los hoteles de 4 y 5 estrellas, comercios, industrias, empresas de servicios, universidades privadas y toda otra actividad privada comercial e inherente a las actividades autorizadas, que generen más de mil (1.000) kilogramos de residuos al mes.
Para la ejecución y cumplimiento de la ordenanza 27235/2016 se deberá presentar ante Mesa de Entradas del Municipio de Avellaneda, en Gral. Güemes 835, una nota dirigida al intendente, solicitando la inscripción al Registro Municipal de Grandes Generadores de R.S.U. En la misma, se tendrá que informar los metros cuadrados del establecimiento y adjuntar:
Anexo I de la Ordenanza 27235/16 completo en carácter de declaración Jurada.
Documentación que acredite la personería jurídica
Constancia de inscripción impositiva
Habilitación emitida por el Municipio de Avellaneda y si correspondiera la Provincial competente
Documentación que certifique la correcta disposición de los RSU, de acuerdo a normativas provinciales y municipales (certificado emitido por medio de cooperativa interviniente mediante página habilitada por el Ministerio de Provincia)
CUIT de la razón social correspondiente
DNI apoderado o representante legal
Para una eficiente gestión integral de los Residuos Sólidos Urbanos (tratamiento adecuado de los residuos generados y su disposición final), es importante que los grandes generadores realicen una correcta separación de residuos en origen. También, que las cooperativas inscriptas en el Registro Provincial de Tecnologías de Destinos Sustentables, estén a cargo del retiro de la fracción seca, es decir: papel, cartón, plásticos, vidrios, restos textiles, metales ferrosos y no ferrosos (que siempre deben estar limpios y secos).
Vale destacar que estas normativas buscan fomentar el cuidado de la salud pública, la economía, la preservación ambiental y la inclusión social.
Por consultas o más información, comunicarse a: gestionrsu@mda.gob.ar