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Compras web en el exterior: podrán hacerse dos por año

Se podrán gastar, además, hasta 25 dólares. Según una resolución de la AFIP, quienes superen ese límite deberán inscribirse como importadores.
Miércoles, 22 de enero de 2014 a las 08:13

La Administración General de Ingresos Públicos estableció hoy un límite de dos compras anuales al exterior a través de internet de hasta 25 dólares sin pagar impuesto aduanero.

Lo hizo a través de la resolución 3.582, publicada hoy en el Boletín Oficial, que establece que "los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta—, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579 en DOS (2) oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de veinticincon dólares (U$S 25) prevista en el Artículo 80, Apartado 1, Inciso c) del Decreto N° 1001/82 y sus modificaciones".

En ese sentido, precisa que "los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación".

Los envíos que excedan el límite deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación.

Sin embargo, la resolución agrega que la Dirección General de Aduanas elaborará a su consideración, un listado de mercaderías que quedarán exceptuadas" de la norma y que será publicado en el sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar).

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22 de enero de 2014

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