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Los reclamos deberán ser atendidos por personas

Las compañías tienen quince días de plazo para armar centros de atención gratuitos que funcionen las 24 horas.
Viernes, 03 de enero de 2014 a las 20:28

El ministerio de Planificación emitió hoy una resolución que establece que "todas las empresas prestadoras de servicios públicos" deberán poner a disposición de los usuarios y consumidores un servicio de "call-center" al cual dirigirse en "caso de emergencia y falta de servicio".

La resolución establece que en un plazo no mayor a 15 días las empresas deberán contar con el dispositivo de emergencia que funcione las 24 horas de todos los días del año y que este deberá ser "atendido ineludiblemente por la cantidad de recursos humanos necesaria para cubrir la totalidad de los reclamos a ser efectuados".

La supervisión y el control de los "call-center" quedará a cargo de la subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión y de todos los entes reguladores de servicios públicos como el ENRE (electricidad), ENERGAS (gas) y ERAS (agua).

La resolución emitida por el ministerio de Planificación contienen, además, un anexo en el que se establecen los “lineamientos y condiciones mínimas” para el funcionamiento de los centros de atención telefónica.

En el anexo se indica el servicio para casos de emergencia deberá ser prestado a través de líneas telefónicas gratuitas y por medio de “recursos humanos capacitados a tal fines”.

En otro punto del mismo texto se establece que “hasta no haber otorgado la solución definitiva a la emergencia o a la falta de suministro a cada caso particular, el personal afectado por parte de las empresas prestadoras de los distintos servicios públicos deberá realizar un seguimiento mediante la devolución de llamadas telefónicas que sean necesarias, a los fines de brindar la contención y solución pertinente”.

3 de enero de 2013

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