En los fundamentos del proyecto presentado, afirman que “los aumentos de tarifas a los usuarios residenciales del servicio de gas natural tienen origen en las Resoluciones Nº 1070/08 y Nº 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación y en el Decreto Nº 2067/08 del Poder Ejecutivo Nacional.” En este sentido, prosiguen, “la magnitud del incremento de las tarifas de gas natural para los usuarios residenciales con consumos superiores a los 1000 metros cúbicos anuales, se expresa en aumentos comprendidos entre el 77% y 290%”.
Por otra parte, “no se respetó la Ley Nº 24.076, Marco Regulatorio del Gas, que establece en su artículo 46º la realización de audiencias publicas”. Asimismo, con respecto al cargo tarifario establecido como impuesto al consumo por el Decreto 2067/08,” el mismo debe considerarse violatorio de los artículos 76 y 29 de la CN, por ser facultad del Poder Legislativo la creación de tributos, siendo en consecuencia, su aplicación de nulidad absoluta”.
Los Concejales de la Coalición Cívica de San Miguel destacaron que “suman ocho los fallos que rechazan el cargo tarifario de manera cautelar, concedidos en Salta, Jujuy, Chubut, Santa Cruz, Tucumán, Escobar , Pilar, y Avellaneda, habilitando a los usuarios a pagar las facturas del servicio de gas natural excluyendo el cargo establecido por el Decreto 2067/08”.
“En este contexto el Intendente Municipal está legitimado para la promoción de la acción judicial de amparo, en representación de los usuarios del Partido de San Miguel, ya que su legitimación activa surge claramente de lo establecido en el artículo 52 de la Ley Nacional 24.240 y del artículo 79 de la Ley Provincial 13.133, que lo colocan en la ineludible responsabilidad de defender los derechos de consumidores y usuarios” concluyeron.