La Corte Suprema de Justicia declaró "inadmisible" un recuso de queja contra la sentencia que condenó a once años de prisión a una mujer a la que le imputó la figura del "homicidio preterintencional agravado por el vínculo" al golpear y matar a su hijo en el municipio bonaerense de Malvinas Argentinas.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda convalidaron de esa manera la resolución de la Sala Cuarta de la Cámara de Casación Penal que, a su vez, había ratificado la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal 12 que condenó a Susana Beatriz Mendoza.
Según se acreditó en la instrucción de la causa, en los primeros días de 2011 la mujer golpeó ferozmente con un palo de escoba a su pequeño hijo, de 10 años, provocándole lesiones de tal magnitud que hicieron necesario la amputación de una pierna y que, posteriormente, provocaron su muerte.
Los testimonios posibilitaron reconstruir los hechos cuando la mujer golpeó con crueldad al niño provocándole gravísimas lesiones en brazos, manos y cabeza, tal como lo narró la propia víctima y ratificaron diversos testigos que relataron el mal trato proporcionado por Mendoza a su pequeño.
Como consecuencia de las lesiones el niño fue trasladado al Hospital Abete, donde el 9 de enero sufrió la amputación de una pierna y pocos días después falleció como consecuencia de una infección generalizada.