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Prohíben a menores de 18 años jugar Paintball

Además, el Concejo aprobó varias cláusulas que restringen el deporte
Jueves, 13 de octubre de 2011 a las 17:16
El Concejo Deliberante de Escobar aprobó una ordenanza que regula el Paintball en todo el distrito. Este deporte, que desembarcó en Argentina hace unos pocos años, está siendo cuestionado en varios municipios aún cuando existen organizaciones y usuarios que lo defienden y luchan por una ley que estandarice todos los procedimientos y medidas de seguridad.

En la sesión de ayer, el concejo aprobó por unanimidad un proyecto de ordenanza promovido por la concejal justicialista María Rosa Pereyra. Uno de los aspectos principales que plantea la norma es que no se permitirá que participen de este entretenimiento las personas menores de edad. Originalmente, el proyecto daba la posibilidad de que lo hagan a partir de los 15 años, con autorización de los padres, pero a último momento se modificó la redacción del texto final.

La reglamentación contempla, además, las zonas permitidas para la radicación de establecimientos dedicados a esta disciplina, las distintas áreas que deben poseer los lugares de práctica -servicios, carga, prueba y amortiguación- y los requisitos para tramitar y obtener la habilitación municipal.

Una de los condiciones para lograr la autorización comunal consiste en la presentación de una declaración escrita de un profesional y/u organismo oficial habilitado que certifique el correcto estado de las instalaciones.

Otro aspecto referido a los jugadores es que deberán portar en forma correcta marcadoras, protectores de seguridad en la cara, oídos, ojos, pecho, manos, genitales y vestir indumentaria que cubra todo el cuerpo.

Con respecto a los elementos empleados, la norma recientemente sancionada establece que las marcadoras deben estar configuradas a una velocidad máxima del pellet de 280 pies/segundos (o su equivalente 85,34 mts/segundo con barrel socks en perfecto estado) y que tienen que cumplir con la certificación de las normas técnicas IRAM específicas, normas ISO o normas ASTM, en ese orden de preferencia, al igual que los sistemas de gas y elementos de seguridad o de protección.

La ordenanza resulta novedosa en el mapa de la provincia de Buenos Aires, ya que Escobar es el primer municipio bonaerense en contar con una reglamentación de este tipo. “En varias provincias de nuestro país (entre ellas Buenos Aires) no existen antecedentes normativos al respecto, encontrándose vigentes ordenanzas municipales en la materia sólo en los municipios de Funes (Santa Fe), El Calafate (Santa Cruz) y Puerto Madryn (Chubut)”, señalaron desde el Concejo Deliberante en un comunicado de prensa.
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