Se apretó a la compañera de trabajo y lo absolvieron

La mujer lo acusó de abuso sexual, pero la cámara del crimen dijo que no existen pruebas.

Un hombre acusado de haber besado en la boca, sorpresivamente, a una compañera de trabajo, fue sobreseído por la Cámara del Crimen que determinó que no existían pruebas para imputarle el delito de "abuso sexual".

 

La Sala Primera de la Cámara revocó el procesamiento y embargo por cinco mil pesos dictado en primera instancia por el juez Guillermo Carvajal contra el imputado, quien -según documentación - fue denunciado por una empleada de un lavadero de ropa ubicado en la Avenida Juramento, de esta Capital.


Según el fallo, "se atribuye al imputado haber abusado sexualmente de (la presunta víctima) el 16 de enero de 2012, alrededor de las 9, dándole un beso a la altura de la boca contra su voluntad, en oportunidad en la que concurrió al local denominado Speed Wash Spa de Ropa".
"Al pasar a su lado, de manera imprevista la besó a la altura de la boca, para luego dirigirse hacia la parte posterior del local, donde se puso a contar las prendas que tenía para lavar. Al no saber cómo reaccionar y con temor, dado que se hallaba sola, ésta le dijo que llevara sus prendas ya contadas... Luego, el imputado se retiró del lugar sin contestar nada", describe la resolución.


Al día siguiente, siempre según la denuncia, el mismo hombre concurrió a retirar ropas lavadas, ocasión en la que "se le acercó en forma exagerada y, de modo intimidante, la miró y le dijo 'y ahora qué hacemos', recibiendo como respuesta que se retirara y que arreglara con el dueño" sobre un presunto faltante de prendas.


La supuesta víctima habría alertado a su pareja, quien rápidamente llegó al lugar, increpó al presunto agresor y terminaron con una pelea que finalizó cuando los detuvo la policía.
A los jueces Jorge Rimondi, Alfredo Barbarosch y Luis Bunge Campos les llamó la atención que la mujer no hubiera anoticiado a su pareja inmediatamente después del primer episodio, ni lo hubiera comentado con nadie más.


"Sólo contamos con los dichos de (la presunta víctima) que se contraponen con la férrea negativa del aquí imputado, sin que se vislumbre prueba o medida alguna que se encuentre pendiente de producción que permita reforzar una u otra versión, de manera de poder sustentar un temperamento como el cuestionado", resumieron los jueces.


"No corresponde el avance de la causa al encontramos frente a un típico supuesto en el que de así disponerse constituiría un desgaste jurisdiccional innecesario y estéril por el pronóstico de negativa certeza que, desde el punto de vista probatorio representa la ausencia de elementos de convicción que avalen la denuncia", resumieron, al sobreseer al imputado.

 

 

19 de julio de 2012

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