Tres condenas y 14 absoluciones por la muerte de 33

El tribunal de La Plata dio a conocer el adelanto del veredicto por el caso ocurrido en 2005. "A los jueces no les dio, por el contexto de época, para condenar a todos", fustigó una de las abogadas.

 La cruda noticia indica que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 5 de La Plata condenó a tres penitenciarios bonaerenses y absolvió a otros 14 por las muertes de 33 presos del penal de Magdalena durante el incendio ocurrido el 16 de octubre de 2005. En lo que fue un adelanto de veredicto, se estableció que los fundamentos se conocerán el próximo 9 de marzo. Pero detrás de la audiencia de este viernes existen distintas visiones de lo resuelto.

Con el resultado conocido, la sede del fuero penal de La Plata se transformó en una fiesta de carceleros donde los ahora ex procesados, familiares y amigos lloraron, se abrazaron, festejaron y hasta vaciaron un paquete de yerba mate sobre la cabeza de la única mujer acusada en este lote de penitenciarios. Pero la alegría no fue completa para ellos, porque tres de los integrantes de esa familia intramuros fueron condenados. Las penas recayeron sobre el entonces director del penal, Daniel Oscar Tejeda, el entonces jefe de guardia Raimundo Héctor Fernández y el oficial Rubén Alejandro Montes de Oca.

MIRADAS. Agustina Lloret y Mariano Lanziano, abogados del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), consultados por Letra P, hicieron un primer análisis de lo resuelto. "Realmente es complejo definir, aun no sabemos ni el delito por el que se los condenó, con lo cual es muy difícil hacer un análisis profundo de la situación. Al parecer las condenas apuntan a quienes tenían más responsabilidad en funciones jerárquicas y funcionales. Es muy difícil saber la interpretación que tuvo el Tribunal porque al no conocer el delito por el que condenaron y los fundamentos es muy difícil, incluso, deducir la interpretación del hecho", sostuvo Lanziano.

Lloret aclaró que "el único caso en el que parecería haber más claridad es el de Tejeda, que era el director de la unidad al momento del incendio".

RESPONSABILIDADES POLÍTICAS. Sofía Caravelos es integrante del Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ). Como abogada patrocina, desde el inicio de la causa en octubre de 2005, a las familias de dos internos fallecidos. En su análisis consideró que existe un "clima de época" para avalar el accionar de los fuerzas represivas y de seguridad. En contacto con este medio, sostuvo que " a los jueces no les dio, por el contexto de época, para condenar a todos y poder trascender y meterse en cuestiones de políticas públicas, pero estamos cambiando el sentido del relato de los hechos".

Desde el inicio de la causa, el CIAJ también apunta a las responsabilidades políticas de los funcionarios de entonces. Pese a que ese tramo de la causa fue cerrado, lograron la reapertura que fue dispuesta por el fiscal general de La Plata, Héctor Vogliolo

"Cuando empezamos esta causa, se hablaba de accidente, de una tragedia. Incluso el Servicio Penitenciario intentó adjudicarles la responsabilidad a los internos, despegándose de la responsabilidad del Estado. La sentencia no es la que queríamos, pero cambia la plataforma desde donde empezamos a discutir y se reconoce la responsabilidad del Estado y una responsabilidad penal, lo que también habilitará una responsabilidad económica por las muertes. Ya no hablamos de tragedia. Nos están dando la razón en que es una masacre, en todo caso podemos establecer hasta dónde y quiénes tienen esa responsabilidad penal por esto", expresó Caravelos.

Para la abogada, es valorable que "haya habido condenas, que el relato de los hechos no quede en una simple tragedia o un accidente o responsabilidad de los propios internos. Así empezamos a discutir este hecho allá por octubre de 2005 y ahora estamos discutiendo hasta dónde y quiénes llega la responsabilidad del Estado por esas muertes".

Con la reapertura de la causa por la trama política de la masacre "queda la posibilidad de seguir buscando las responsabilidades de estas muertes y, por otro lado, apelar esta sentencia cuando conozcamos los fundamentos", sostuvo Caravelos.

"FALLO VERGONZO". La Comisión Provincial por la memoria (CPM) patrocinó a dos familias de víctimas. En un comunicado oficial calificó de "vergonzoso" lo resuelto por los jueces al entender que "consagra la impunidad".

La CPM, como mecanismo de control y monitoreo de lugares de encierro, ya había advertido sobre la grave situación en la que se encontraba el penal de Magdalena antes de la masacre. En el mes de diciembre pasado se presentó un informe actualizado sobre el estado de la Unidad 28, "que se encuentra en peores condiciones que cuando ocurriera este hecho", expresó en el comunicado.

El organismo recordó que la red de incendio del penal para apagar el fuego no funcionaban hacía varios meses, los matafuegos estaban sin carga "por una decisión administrativa", al tiempo que "no existían planes de contingencia ni elementos de seguridad adecuados".

Desde la CPM esperaban "un fallo ejemplar; pero, una vez más, la justicia consagró la impunidad y convalidó el grave deterioro de las condiciones en que se encuentra el sistema de encierro en la Provincia y los padecimientos y la vulneración de derechos a que son sometidos cotidianamente las personas que permanecen allí alojadas".

¿Quiere recibir notificaciones?
Suscribite a nuestras notificaciones y recibí las noticias al instante