Avanza el tarifazo del gas: la Justicia revocó la cautelar

 Así lo firmó magistrado de Córdoba, que intima a los comercios y pequeñas y medianas empresas a pagar con retroactividad a marzo último.

La Justicia Federal de Córdoba dejó sin efecto la medida que había sido validada por el juez Miguel Vaca Narvaja que beneficiaba a las PyMes en relación al aumento en las tarifas de gas. La cautelar abarcaba a todos las pequeñas empresas del país.

La Sala A de la Cámara de Apelaciones en Córdoba revocó el fallo de primera instancia que había frenado el tarifazo a las pymes en todo el país y ordenaba al Enargas que "retrotrajera urgentemente" la refacturación al 31 de marzo último.

Ahora, las Pymes no sólo deberán abonar el aumento, sino que también la deuda con los valores actuales.

El Tribunal revirtió el fallo del juez, que había hecho lugar a un amparo que presentó la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme), con el fin de frenar el incremento del 500% para ese sector.

A fines de septiembre pasado, el magistrado dispuso "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por Apyme y, en consecuencia, disponer para el colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines, la suspensión de las medidas contenidas" en las resoluciones del Ministerio de Energía que disponían el ajuste tarifario.

Pero la Cámara de Apelaciones consideró que el fallo no se ajusta a la decisión de la Corte que suspendió la suba del gas para usuarios residenciales, pero no así para las pymes.

En consecuencia, el juez estableció que debe darse "continuidad al cuadro tarifario del servicio vigente con anterioridad al 31 de marzo del corriente año sin variación alguna que no surja del propio consumo del usuario". Ahora, las pymes deberán pagar la deuda que acumularon desde esa fecha con la correspondiente refacturación con la nueva tarifa.

"Siendo que Apyme actúa en resguardo de los derechos de las pequeñas y medianas empresas, al invocar como hecho único el aumento excesivo y desproporcionado de la tarifa de gas, que provocaría una lesión económica a todos y cada uno de ellas, frente al estado de vulnerabilidad al que quedarían sometidas" las compañías, según el juez.

"En caso contrario, estaríamos impulsando a todas las pequeñas y medianas empresas del país a concurrir a la Justicia de manera individual, lo que llevaría a la saturación de los juzgados federales de la Nación", añadió en su fallo.

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